María García la andaluza. Capellanía. 1706 y 1711.


 

El paso del siglo XVII al XVIII podemos documentarlo en Jerte con dos fuentes escritas directas. El primero de carácter civil, que ya hemos subido, con el título de villa en 1699. Y otro, de carácter eclesiástico, al inicio del XVIII. Se trata de la Capellanía de María García la Andaluza. Y aunque contiene todo el procedimiento que se sigue en estas Obras Pías (ya sean Memorias, Capellanías, Vínculos o Patronatos), nos muestra otros matices económicos de esa época en nuestro pueblo. La importancia fundamental del castañar injerto.

 

Como este punto, Capellanía de María García la andaluza, es muy extenso, lo subiré en dos o tres partes para facilitar la lectura de quienes estén interesados. Se trata de la persona que tiene sepultura dotada en la iglesia de Jerte, cerca del altar mayor.


Capellanía de María García la andaluza. 1704 y 1711

 

Poco sabíamos de esta jerteña enterrada cerca del altar mayor de la iglesia, con sepultura dotada. El mismo calificativo de “andaluza” nos lleva a plantearnos más de una duda sobre ese apodo, que se escribe incluso en sus losas de enterramiento.

 

Los documentos que haciendo referencia a esta señora nos han llegado no son la mayoría directos. El índice del libro de becerro no lo incluye, al haberse constituido con fechas posteriores. Los libros de fábrica de la parroquia apenas hacen mención a ella, salvo algún comentario y mandato del visitador respecto a las misas que hay que decir en época de recolección, en nombre de esta capellanía.

 

El escrito más sustancioso es el que reclama las capellanías de María de Heredia y de María García la andaluza en 1865[1], como ya se apuntó en el apartado 2.3.5, al que nos remitimos.

En ese escrito se adjuntaban los documentos allí analizados y buena parte de los que aparecen a continuación.

Cuando leímos su testamento y codicilo, con todos sus mandamientos, desconocíamos incluso de qué familia podía provenir. Por el número de propiedades, entre las que pone a disposición de la fundación o capellanía y las que deja a sus sobrinos, deja ver una adecuada solvencia económica y posición social. Los rastreos en el libro de bautismos del siglo XVII, de apellidos y parentescos nos permite situarla familiarmente, creemos que con bastante aproximación.

 

La documentación posteriormente consultada en el Archivo Diocesano de Plasencia viene a enriquecer los datos que sobre estas obras pías teníamos.

 

Pero veamos las mandas de su testamento, de forma resumida:

 

Testamento (1704)

 

1.     Mandas

 

María García la Andaluza, mujer de Juan de Robles, manda...

 

- Que se la entierre en la capilla mayor de la iglesia, junto a la Virgen del Rosario[2].

 

- Misa con diácono y subdiácono y si no los hubiere en el pueblo los traigan de fuera y les den de limosna 7 reales y medio

 

- 6 hachas[3] al entierro y a la novena

 

- cera en tabla un año[4], pagándolo de sus bienes

 

- a María González, su sobrina, mujer de Francisco López por el trabajo y asistencia le deja 12 colmenas. Si no las hubiese que le den 20 ducados en dinero o hacienda

 

- a las obras pías lo acostumbrado

 

- al rescate de cautivos 4 reales

 

- que se reparta 4 fanegas de trigo amasadas en panes de a 2 libras[5] entre los pobres empezando por los míos y asistentes

 

- que den 24 reales a 24 pobres de limosna empezando por mis parientes cuando esté agonizando

 

- 9 misas cantadas con responso a su casa en la novena y le den 4 reales al cura por cada misa y al sacristán 1 real por cada misa

 

- Al cabo de año lo mismo repartiendo 2 fanegas amasadas

 

- que “12 camisas mías se den a mis parientes más cercanos empezando por mis sobrinas y que éstas lleven las mejores, y si no las hubiere den 3 varas y media de lienzo”

 

- a María González, mi sobrina, hija de Francisco González y Ana González difunta una manta de paño verde frío labrada con seda verde[6] y jelma? azul que tengo más una camisa de las referidas y un tocado de los míos

 

- a Juana González, mi sobrina, viuda de Antonio Rodríguez, una camisa azul de las de arriba, labrada con hilo azul y lo tera? de los pájaros coronada

 

- a María González Zancuda, mujer de Alonso Muñoz Carrón el Serrano, una manta de paño fino la mejor que yo tengo

 

- a Angela Gallego, mi sobrina, hija de Alonso Rodríguez, un brial negro y una manta redonda sesgada con seda verde grirma? de sempiterna azul y una de las 12 camisas

 

- a Catalina Gallego, madre de la dha Angela, un sayuelo negro, y si está muy desmejorado que le den 30 reales porque se compre uno

 

- a la hija de mi prima la Barrosa, de Cabezuela, que está por casar y llaman la Pastora, una de las 12 camisas mas 3 varas de lienzo

 

- que los testamentarios compren 20 varas de paño pardo de Casatejada a 10 reales cada vara y se repartan a 2 varas a cada uno de sus parientes. De éstos se han de dar 2 varas a Francisco González, hijo de Francisco González, mi sobrino, otras 2 a Alonso López de la Roja, 2 a Ana Gallega, mujer de Alonso Merino de Arriba, 2 a Diego Pérez, hijo de la Barberilla, y el resto a los más pobres siendo parientes

 

- 4 reales a cada uno de los que la lleven de casa a la iglesia

 

- que la entierren con hábito de Sto Domingo[7] “de quien soy hermana”

 

- que 4 religiosos dominicos asistan al entierro y al cabo de año, y den una misa en los dos días y un nocturno, que les asistan mis testamentarios mas 10 ducados por todo y 3 varas de lienzo a cada uno para paños menores

 

- a “Catalina Inés mi criada, hermana de Juan de Robles mi marido, una jergo de las mejores de mi casa, y mi colchón con su enchidura morena, y una delantera de colcha y dos sabanas de estopa de las que estén al servicio y un cobertor, el que ella escogiese, y una almohada con su moldura”

 

- misas por su alma e intención, cargos y penitencias mal cumplidas, 700 misas, mas 100 misas por sus padres y abuelos y 33 misas de san Amador. Que las diga el ldo. Pedro Martín Presbítero Comisario del Sto. Oficiovecino de la villa de Cabezuela, y si hubiese fallecido la diga el sacerdote pariente más cercano

 

- al dho ldo Pedro Martín unas medias de seda azules?

 

- de las misas: que se digan, 250 en el convento de Sta catalina de religiosos Dominicos de Aldeanueva de la Vera150 en el convento de Agustinos de Jarandilla150 en el convento de Trinitarios del lugar de Hervás150 en el convento de San Vicente de Plasencia y el resto por sacerdotes de Jerte o de Cabezuela, “donde más pronto se me digan”

 

- a los frailes de Sta Cruz de Tabladilla 20 reales de limosna por una vez

 

- al bendito Cristo del Humilladero[8] un velo de tafetán encarnado doble con 6 cintas y hechuras

 

- a Alonso Rodríguez, hijo del dho, mi sobrino, la huerta de la Cerrada que linda con otra del dho

 

- la heredad de castañar que tengo a la Crespa con su cerca, que linda al presente con camino que va al Collado y otras partes y con heredad de castañar de los menores de Alonso Carrión y con viña de la Melliza a Francisco Rodríguez mi sobrino, hijo de Alonso Rodríguez difunto, para él y sus hijos. Si (no) tuvieran descendencia pase a su hermano, si tampoco, a los de Angela Gallego, hermana de los susodichos, y si tampoco tiene descendencia “venga la heredad a la capellanía” con carga y obligación que han de sustentar de aceite la lámpara de Ntra Sra del Rosario, día y noche, mas 4 velas pequeñas en las vísperas y misa mayor en las 9 festividades principales de Ntra Sra. En caso contrario que se quite la finca y de su producto se saque lo indicado.

 

- que una copia de su testamento se guarde en el archivo parroquial y por ello se de 300 reales impuestos a censo en cada un año

 

- Al bendito Cristo de la Vera Cruz y su cofradía 200 reales de vellón por una vez y se echen a censo y los réditos los goce este Cristo para siempre jamás

 

- que después de pagado todo se funde una capellanía colativa y servidera en Ntra Sra de la Asunción de Jerte, sita en el altar de Ntra Sra del Rosario, sin se pueda decir en otra parte.

 

 

2.     Bienes de la capellanía:

 

 

1.      Heredad de castañar engerto y otros árboles frutales en las Vegas, linda con camino que va a otras heredades, y con prado y castañar de los herederos de Pedro Martín Trabado y con castañar de Juan Montero de Abajo

 

2.      otra heredad de castañar engerto a las Breñas que linda con prado de los herederos de dho Pedro Martín Trabado y con castañar Realengo y castañar de Francisco Sánchez de Mateo

 

3.      Otra heredad de castañar engerto en Arroyo Marcos que linda con otro de los herederos de Pedro Beato escribano y con tierra realenga

 

4.      otra heredad de castañar engerto en la Huerta Nueva y Linares linda con heredad de castañar de los herederos de Pedro Beato escribano y castañar de los herederos de la viuda de Pedro Cano y con camino que va a los prados y al río

 

5.      heredad de viña y castañar engerto en el Barrial linda con viña y castañar de los herederos de Pedro Martín Trabado y viña y castañar de la viuda de Alonso Muñoz y castañar de la viuda de Alonso Muñoz y castañar de Juan Gómez de Roque y camino que va a los Pángalos y Redondillos

 

6.      heredad de castañar engerto en el Pino linda con camino que va a Hoyo Ceruelos y con castañar de la Melliza y castañar de Martín González

 

7.      heredad de castañar en el Chorro que linda con otra heredad de castañar de Rodrigo Beato y con castañar de los herederos de Pedro Sánchez y con el camino que va a las Cornejas

 

8.      heredad de viña en las Cuestas linda con viña de Juan Sánchez del Cerro y viña de Alonso Montero y otra de los herederos de Juan Rodríguez

 

9.      heredad de castañar y cerezos en el Arroyo del Escaramujo linda con viña que tengo a dho sitio

 

 

10. castañar en el Llano de la Higuera linda con castañar de Rodrigo Beato y otro de Diego Gallego y camino que va a la Covachuela y otras partes

 

11. casas que al presente vivo en la calle Real linda con casas de Beneficio curado de esta villa y casas del vínculo que fundó D. Matías Rodríguez y por la parte de atrás linda con casas de Baltasar Muñoz Carrón

 

12. Tinaja que tengo en el bodegón de dha casa que hace sobre 38 arrobas de vino claro y una cuba de sobre 15 cargas de uvas


3.     Obligaciones de la capellanía:

 

Obligaciones del cura:

 

misa del alba, al amanecer, habiendo tocado primero la campana por su alma y difuntos, desde el primero de mayo al 30 de junio

 

- todos los domingos y fiestasdesde san Miguel a san Andrés, “para que los vecinos de esta villa tengan la conveniencia de haber oído misa antes de recoger los frutos de uva y castaña en dho tiempo”

 

misas a las 9 festividades de Nra Sra

 

 

Otras obligaciones:

 

- al sacristán por tocar la campana al alba 20 reales al año

 

- que usufructúen los terrenos pero que se tengan “siempre reparados y labrados de las labores necesarias según se acostumbra en esta villa de calidad que antes vayan a mas que a menos”, y si fuese esto último por su culpa que pague los menoscabos a su sucesor en la Capellanía

 

- que lo que quedare se venda en almoneda o fuera de ella por sus testamentarios y se metan a censo en bienes fincas

 

- que no se puedan vender las fincas vinculadas y sean tasadas por personas inteligentes y lo que quede limpio de gastos de mantenimiento de la hacienda se den en misas por el capellán en el altar de Ntra Sra del Rosario

 

 

4.     Llamamientos de capellán:

 

1º hijos de Rodrigo Beato, mi sobrino, el mayor en edad, y si este no quisiere ser capellán o muriese, el más aparente así del otro hijo que al presente tiene como de los que adelante tuviere...

 

2º hijos o nietos de Alonso Rodríguez, mi primo

 

3º Alonso Sánchez hijo de Alonso Sánchez y Juana González su mujer

 

4º un hijo de los hijos o nietos de Francisco González y Ana González su mujer difunta mi sobrina

 

5º descendientes de Rodrigo Beato, mi sobrino

 

6º descendientes de Alonso Sánchez del tercer llamamiento de arriba

 

7º descendientes de María González, hermana entera del dho Alonso Sánchez mujer de Francisco López

 

8º descendientes de Francisco de Cepeda y María Jiménez su mujer

 

9º descendientes de los dhos Alonso Rodríguez y Rodrigo Beato mis sobrinos arriba expresados

 

- si no puede el capellán por edad o por lo que sea, que mande decir las misas a otro sacerdote o religioso.

 

- el capellán debe tener como mínimo 14 años, debe ser ordenado de misa a los 25 o 26 años. Si en esa edad no lo es por negligencia suya pasará a otro la Capellanía.

 

 

5.     Patronos

 

Nombro patronos al cura de la parroquia y a Rodrigo Beato, mi sobrino. Y a falta de éste a Francisco Rodríguez, mi sobrino. Y a falta de éste al pariente más cercano.

 

Si no hay capellán, por lo que sea, que “goce la renta de dha capellanía el altar de Ntra Sra del Rosario con la obligación de cumplir con las cargas, a 4 reales la misa y el resto se gaste en adorno de dho altar, ya sea haciéndole un retablo o frontal o culo, lo que les parezca a los patrones. Y lo que sobrase se guarde para con el tiempo comprar alhajas.

 

Por el trabajo de administrar la memoria que cobre el patrón el diezmo y vigilen las buenas labores de las posesiones.

 

En caso de empate en la capellanía serán los patronos quienes elijan al más virtuoso de los aspirantes a capellanes, y si no, el de más edad.

 

“en el interín que no haya capellanía viva y goce de las cosas contenidas en esta fundación Fco Rodríguez, mi sobrino, vecino de esta villa sin pagar renta alguna y si no las quisiera vivir la viva cualquiera de sus hermanos y sea de su obligación repararla en todo lo necesario de calidad que si algún detrimento padeciere lo hubiere de pagar de su hacienda”

 

 

6.     testamentarios

 

Nombro por testamentarios al cura y a Rodrigo Beato, mi sobrino, dando por su trabajo 200 reales a cada uno. Y si no quieren a Baltasar Delgado y a Francisco Rodríguez, mi sobrino,

 

 

7.     Otras mandas:

 

- 600 maravedís al cura en cada año por el cuidado de que se cumplan

 

- si no quieren ser testamentarios que entre el Prior de Sta Catalina del Convento de Aldeanueva de la Vera mas Rodrigo Beato y Francisco Rodríguez y a todos tres se de 900 reales y no mas por el cumplimiento del testamento

 

- si lo mandado del castañar de la Crespa, no es suficiente para la manda, que se saque de la capellanía

 

- las misas del alba desde 1º de mayo a fin de junio se corrige por lo siguiente: “de mediados de mayo a fines de agosto y que sea misa de doce y no de alba salvo que sea conveniente y lo determinen el patrón y el cura”

 

- que no se cuente al capellán dinero alguno por la renta de la casa a cambio de 2 misas cada año con el responso por dho usufructo y por la cuba y tinaja

 

- a Juan Florido la casa “que tengo frontero de la mi morada linde con los menores de Diego García Cepeda y a Cristobal Alonso por sus días y después pase en usufructo perpetuamente al capellán con la obligación de las dos misas arriba dhas

 

- los testamentarios cobren el luto y lecho cotidiano de los bienes de Juan de Robles mi marido y cobren lo que hubiere gastado en mi testamento de dho mi marido

 

- a Rodrigo Beato, mi sobrino, y sus hijos una tinaja que tengo en el bodegón de sobre 19 arrobas y un rastrillo el menor de 2 que tengo

 

- a Ana Jiménez mujer de Pedro Santero una mantilla que yo me pongo cada día

 

- a Antonia de la Cruz mujer de Rodrigo Beato mi sobrino una tabla de manteles los mejores

 

- a los hijos de María Rodríguez y Juan Antón 3 varas de paño de a 10 reales que son 6 varas

 

- a Magdalena la Pastora, vecina de Cabezuela, una manta de por delante que yo tengo

 

- a Rodrigo Beato, mi sobrino, el macho de carga con sus aperos si le tuviere cuando falleciera

 

- al Bachiller Clemente Aparicio Trujillo cura 22 reales para un sombrero

 

- y para cumplir y pagar este testamento da el poder a los albaceas y testamentarios

 

En la villa de Jerte a 29 de diciembre de 1704

 

Testigos: Juan Mendo y Francisco Pérez de Diego y Francisco Susaño de Alonso

 

- a Maria González mujer de Fco Susaño de Alonso un algodón que cueste 12 reales y los bienes mejores que yo tuviere y mando a la viuda de Diego Pérez una manta de por delante de las que tengo y si pareciere un papel de cierta cantidad contra dho Diego Pérez se le perdone y no se le pida nada

 

- a Magdalena Beato religiosa de la Encarnación de Plasencia[9] mi sobrina 6 varas de lienzo por amor de dios

 

- a Fco Pérez 2 varas de paño común de lo de arriba dho

 

- a Salvador Sánchez otra vara

 

- a Alonso Sánchez mi sobrino, estudiante una camisa la mejor que yo tengo

 

- y otra a Alonso Rodríguez y otra a Fco Rodríguez mis sobrinos

 

- y a Alonso Sánchez 15 reales para un sombrero

 

- una camisa a la mujer de Juan Méndez y esta ha de ser de las 12 de arriba

 

Rodrigo Beato escribano.

 

 

 

 

Codicilo, 1711

 

el 31 de marzo de 1711 María García la Andaluza otorga un “codicilo” revisando varias partes del testamento, “estando enferma en la cama temiéndose de la muerte...”

 

Éstos son los cambios que introduce:

 

- se amase todo el trigo que se hallare en casa cuando fallezca

 

- a los parientes pobres, primos segundos de primos segundos, les den el doble

 

- la cecina de puerco que hubiere ese día en casa se reparta desde la casa de Juan Pérez y el licenciado Alonso Gómez hasta la de Diego Merino de Alonso y la viuda de Diego Montero y ha de entrar la calleja del Barbero

 

- se repartan todos los vestidos y lo mejor entre sus parientes

 

- a Francisco González mi sobrino, un vestido de paño de Segovia que tengo de Juan de Robles mi marido que es: enguarina y calzón y un jubón de escarlatín y le encarga le encomiende a dios

 

- a Catalina Inés su cuñada un caldero una sartén una caldera, la más vieja, más lo dejado en el testamento con condición que no pida soldadas que si las pidiere revoco esta manda

 

- a Angela Gallego su sobrina mujer de Fco Montero la caldera grande nueva

 

- a Magdalena la Pastora, vecina de Cabezuela, hija de la Barrosa, su prima, una sábana

 

- a las hijas de Jacinto Muñoz del Valle, vecinas de Cabezuela, parientas, 1 vara y media de paño de a 10 reales a cada una

 

- quita las misas en el convento de Hervás y van a Sta catalina de la Vera

 

- como María González, mujer de Fco Susaño, ha fallecido, el algodón y botines vayan a Ana González, su hermana, hija de Diego de Cepeda

 

- el día de san José diga una misa la capellanía fundada

 

- de los bienes que se vendan se compren dos arañas de plata de 3 candeleros con tres luces cada una, cada una a su lado de la lámpara de Ntra Sra del Rosario y luzcan las festividades de Pascua y 9 festividades de Ntra Sra. Que el coste de las dos arañas sea de 800 reales, 100 reales arriba o abajo

 

- lo que sobrare de la hacienda se emplee en nuevos castañares y si no a censo, “que no pare” el dinero

 

- que la viña de la Florencia mandada a Francisco Rodríguez su sobrino sea tasada por dos hombres y su importe lo pague y se imponga a censo sobre bienes fincas para la capellanía

 

- el huerto del parral y olivos a María González mujer de Fco López su sobrina, al hondón del lugar linda con huerta de la menora de Alonso Carrón y a Alonso Merino con condición que pague por el 600 reales de vellón para dichas arañas

 

- perdona a Juan Beato de Juan todo lo que le debiere

 

- una huerta con olivos y cerezos al sitio de Matasanos linda con Agustín Gallego y a Juan López la manda a Angela Gallego su sobrina por amor de dios

 

- que lleven su cuerpo a la sepultura Juan y Diego Pérez y Manuel Mellado y Alonso cuñado de Juan

 

- perdona toda la miel que le debieren en el lugar y la cera que le deben las dos viudas de Diego Prieto

 

- dotar la sepultura “por cuenta de mis bienes”: “no se ha de bolber a enterrar otro cuerpo salvo los de mis capellanes que fueren, que estos se han de enterrar en ella”

 

- en vida de su marido recibieron del canónigo D. Matías Rodríguez su primo 500 reales en Jerraje manda se le paguen a sus herederos de sus bienes y de los del dho su marido que son los hijos de María Rodríguez y la hija de Alonso Rodríguez, que dha cantidad con mas de jarras de plata que se les ha de entregar son para el vínculo que fundó dho canónigo

 

- a Juan Torres, su criado, 4 varas de paño de a 10 reales, otras 2 varas a su hijo José y a Diego Pérez otras de a 8 reales

 

- a María Jiménez viuda de Alonso Mellado un algodón y otra a Isabel mujer de Diego Merino

 

- a dho Fco Rodríguez la cera que hubiere en las velas cuando yo fallezca y una arroba de aceite para la lampara de Ntra Sra del Rosario

 

- No quiere por testamentario al cura por haber muerto al presente el que ella había puesto. Si respeta a los otros dos testamentarios, sus sobrinos Rodrigo Beato y Fco Rodríguez

 

Testigos: Juan Beato, Fco Montero Susaño y Diego Alonso de Juan



[1] Recordamos que se refiere a Manuel Rodríguez Blázquez, padre de D. Evaristo Rodríguez Blázquez y Cepeda, clérigo de menores, reclama las capellanías que en la iglesia parroquial de dicha villa y su altar del Rosario fundaron para sus parientes María y Catalina de Heredia, y María García la Andaluza, por haber fallecido D. Alonso Cepeda, su último poseedor. Éste último disfrutó de ambas capellanías desde marzo de 1836 hasta que murió el 16 de agosto de 1856. El clérigo tonsurado, D. Fermín Evaristo, que reclama las capellanías lo hace como sobrino carnal del último poseedor. La adjudicación se realizó con fecha de 8 de abril de 1865 despachado por el oficio y Notaría de D. Teodoro Villanueva.

[2] Con este dato ya nos situamos. Conocemos su sepultura. Y al lado el altar referido hace ya 300 años.

[3] Velas más grandes, para las celebraciones señaladas.

[4] Se solía poner sobre la tumba.

[5] Cada pan se acercaba a un kilo de peso.

[6] Llama la atención el colorido de sus ropas y a lo principal de las mismas. Sólo con nombrar sus vestiduras podríamos ofrecer el vestuario típico de la época en una localidad como Jerte.

[7] Es muy probable su conexión con el Santo Oficio como deja ver en esta referencia o en la que sigue del comisario de la Inquisición en Cabezuela. No sabemos de su posible relación con Mellado, familiar del Santo Oficio en Jerte a finales del siglo XVII. Es frecuente la relación de mujeres de la familia Beato como religiosas en el convento de la Encarnación

[8] Parece evidente que al Cristo que se refiere es al del Amparo, aún sin reconocerse por ese nombre. En una entrada aparte me centré sobre esta correlación.


 

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