Memoria de las misas del Concejo. 1687
Algunos
apuntes sobre la situación de la parroquia de Jerte en torno al siglo XVII[1]:
Los apartados
tratados hasta aquí ponen de relieve la importancia de la iglesia en la vida
colectiva de los jerteños, no diferente de cualquier otro lugar de Castilla o
de España. Los mínimos apuntes sobre las obligaciones contraídas por el concejo
ponen de manifiesto lo dicho antes. A esto podemos añadir todo el mundo que se
desarrolla en torno a las cofradías.
[1] La fuente
documental básica para este apartado lo tenemos en el libro de becerro de la
parroquia. Como ya he dicho se encuentra muy deteriorado y le faltan hojas y
partes casi completas. No obstante, podemos conocer su contenido porque sí que
nos ha llegado el índice del libro. Dice así:
Tabla de las fundaciones y demás cosas que se
contienen en este libro
- El auto en que se manda hacer el libro (pág.
1)
- Iglesia, sus cargas y obligaciones (p.4)
- Sus rentas (p.5)
- Memoria de Ana Bernal (p.18)
- Cofradía de la Vera Cruz (p.28)
- Cofradía de el Nombre de Jesús (p.32)
- Cofradía de Nuestra Señora de la Asunción
(p.35)
- Cofradía de el Santísimo Sacramento (p.38)
- Cofradía de Nuestra Señora del Rosario (p.66)
- Capellanía de María de Heredia (p.48)
- Memoria de Antonio García de Cepeda (p.41)
- Memoria de Rodrigo Montero (p.44)
- Memoria de Rodrigo Ximénez (p.46)
- Memoria de Mateo García (p.54)
- Memoria de María González (p.58)
- Memoria de Catalina Ximénez (p.?)
- Memoria de María Xz mujer de Juan? Alonso
- Memoria de Isabel Blázquez (p.70)
- Memoria de el Licenciado Bartolomé Sánchez
cura (p.72)
- Memoria y Vínculo de el Licenciado Juan
González (p.74)
- Memoria de Catalina Sánchez (p.78)
- Demanda de Animas del Purgatorio (p.81)
- Memoria de las misas del Concejo (p.84)
- Memoria de Pedro Toribio (p.86)
- Memoria de Juan Gallego (p.88)
- Otra Memoria del Licenciado Bartolomé Sánchez
cura (p.82)
- Clausula de un testamento para la visita fº
3º
- Patronato que fundó Don Francisco Beato
presbítero f 8
- Memoria de Alonso Montero (p.91)
Obligaciones
del Concejo.
"Memoria de las missas que tiene obligacion de dezir el lugar"
"por voto que antiguamente hizieron los vezinos de este lugr segun se
a averiguado por diferentes instrumentos tiene obligación el Concexo de hazer
dezir en cada un año las misas y prozesiones y en los dias siguientes en cada un
año"
- El día de los Mártires una misa cantada con procesión a la ermita de la
Madalena.
- El día
de la Piedra que es el lunes después de la dominica In albis otra misa cantada
con procesión también a la ermita de la gloriosa Magdalena.
- El lunes después
de la dominica de la trinidad con procesión a dicha ermita.
- El día de
san Juan Bautista con procesión por el lugar.
- El día de la
Gloriosa Magdalena misa y procesión a su ermita.
=Todas estas
misas y procesiones son de obligación y las paga el mayordomo de Concejo por
cada misa y procesión a el cura seis reales y dos reales al sacristán.
- El día de
San Marcos se dice misa cantada y procesión al Humilladero también paga el
concejo por ellas seis reales al cura y dos al sacristán.
- "El dia
de Sn Antton se dize misa y se haze proçesion a el redor de la yglesia pidese
limosna y de ella se paga la de la misa y proçesion".
- El día de
San Gregorio se dice misa y hace procesión por el lugar y paga de limosna el
concejo como lo demás.
Son 8 misas.
(Mandó anotar
Don Alonso Gil en Jerte a 1 de septiembre de 1687)
Llama la
atención de forma clara la tradición que existía en asumir por parte del
concejo una serie de gastos de festejos o celebraciones religiosas. Sobre todo,
las realizadas en procesión a la ermita de la Madalena. Cuatro, frente a una
sola del patrón del lugar San Juan Bautista. Ésta, la de San Juan es la única
que recogían las ordenanzas de forma clara y explícita. ¿Las otras habían sido
aceptadas posteriormente? No lo sabemos, pero es clara la referencia a
procesiones a la ermita, de las que no nos habían llegado noticias hasta hoy.
Otro aspecto
destacable es la nula referencia al Cristo del Amparo, mientras que la única
procesión a la ermita del Humilladero es en honor de San Marcos. ¿Confirmaría
esto que a fecha de 1687 no estaba el Cristo del Amparo en la localidad, o en
su ermita? ¿No contradice lo que se insinúa en el testamento de las hermanas
Heredia? ¿O simplemente estaba, pero no tenía la importancia que llegó a tener
para nuestro pueblo?
Quede la duda.
De momento.
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